El COAA ha comparecido en un procedimiento judicial seguido por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos del Principado de Asturias (COAATPA) frente al Ayuntamiento de Gijón, en el que se discutía la competencia profesional para intervenir en el forjado de un edificio de viviendas. La actuación consistía en el cierre del hueco de la escalera existente, mediante la creación de un nuevo espacio en planta primera.
El proyecto inicialmente presentado para la obtención de licencia llevaba la firma de aparejador. El COAA se personó en defensa de la competencia exclusiva de la titulación de arquitecto, al considerar que la intervención implicaba una afección a un elemento estructural del edificio. Para ello, practicó una prueba pericial elaborada por la arquitecta responsable del CAT.
Tanto el Tribunal de Instancia, Sección de lo Contencioso-Administrativo, Plaza número 1 de Gijón, como la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, han considerado que las obras constituían una intervención parcial que produce una variación del conjunto del sistema estructural de todo el edificio; incluso aunque el forjado suponga un porcentaje pequeño sobre el total, es un elemento que tiene carga propia, soporta cargas de otros elementos y las transmite al resto de la edificación, con incidencia en la seguridad de las personas. Por todo ello, concluyen que el proyecto debe ser de la autoría de un arquitecto.
Abajo podéis descargar ambas resoluciones judiciales.