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Guía sobre desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales

El Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y el Consejo General de Economistas de España (CGE) ofrecen un decálogo para afrontar un proyecto de rehabilitación con garantías, que destaca la importancia de contar con un estudio detallado de la situación del edificio y su potencial de mejora con el fin de optimizar recursos y que las mejoras sean duraderas.
El CSCAE y el CGE han recordado que las ayudas públicas para la rehabilitación de viviendas no tributan, y que, en caso de acometer este tipo de reformas sin solicitar la subvención, también pueden deducirse en la declaración del IRPF el total de la inversión realizada hasta el límite fiscal. Así, un contribuyente que realice una obra en su vivienda habitual con un coste de 5.000€ y reciba una ayuda pública de 2.000€ para la rehabilitación de su vivienda puede ahorrarse hasta un 52% de la inversión si aplica los incentivos fiscales
Ambas organizaciones también han señalado que este año es el último para aprovechar la ventaja fiscal para acometer las obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración y el consumo de energía primaria no renovable, ya que este incentivo fiscal desaparece ya en 2023, aunque las comunidades de vecinos aún dispondrán de un año más. Las ayudas reguladas en el RD 477/2021 de autoconsumo quedan exentas de tributación

ACTUALIZACIÓN: DESCARGA LA GUÍA EN EL SIGUIENTE ENLACE:

Decálogo para afrontar un proyecto de rehabilitación con garantías

1. Identificar la necesidad de renovar el edificio. Las razones pueden ser múltiples: desde el coste de la energía, con cuotas de la calefacción muy elevadas, a problemas de humedades, mala ventilación y aislamientos deficientes, fachadas deterioradas, falta de confort por temperaturas muy elevadas en invierno y dificultades para calentar las viviendas en invierno, falta de accesibilidad, zonas inseguras, dañadas o poco iluminadas, entre otras.
2. Validación de la necesidad de renovar el edificio y de la oportunidad de hacerlo ahora, aprovechando las ayudas públicas y las desgravaciones asociadas. Para ello, es importante acudir a los profesionales adecuados.
3. Encargo. Contar con los profesionales adecuados es imprescindible para optimizar recursos y que las soluciones que se adopten sean duraderas en el tiempo. Para ello, es importante convocar a una reunión en la que participen la Administración de Fincas del bloque y el equipo técnico, que, a partir de un estudio previo en profundidad para conocer las necesidades reales del edificio, informará de posibles obras, ayudas y financiación. A partir de aquí, la comunidad de propietarios podrá optar bien por encargar el proyecto y la coordinación y gestión de ayudas, sobre necesidades y actuaciones conocidas, o encargar al equipo técnico la elaboración del Libro del Edificio Existente, que le dará una radiografía detallada de la situación de su inmueble, su potencial de mejora y la intervención necesaria, ajustada a un plan de actuación por fases.
4. Elaboración de documentos y petición de ayudas. Contempla la solicitud de ayudas para la elaboración del Libro del Edificio Existente y/o del proyecto, en función del encargo que haya hecho la comunidad. Esto se complementa con la solicitud de presupuestos de obra.
5. Aprobación del presupuesto de obra y solicitud de ayudas.
6. Concesión de las ayudas.
7. Firma del contrato de obras y solicitud de licencia, si todavía no se hubiera realizado
8. Ejecución de las obras. Habrá que mantener reuniones periódicas con la comisión de obras.
9. Pagos. Han de realizarse con tarjeta de crédito/débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades. Para poder deducir los gastos en el IRPF, es preciso tener registrados los Certificados de Eficiencias Energética antes y después de la realización de las obras.
10. Justificación de las ayudas.

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