NOTA: Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Edificio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Principado de Asturias)
En la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, de primera modificación de la Resolución de 28 de febrero de 2023, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar para el período 2023-2025 se incorpora en el anexo IV (Subvenciones con cargo al Mecanismo de Transformación y Resiliencia) un apartado dedicado a la Dirección General de Vivienda, añadiendo la línea A) de Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Edificio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en los siguientes términos:
A) Línea de Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Edificio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sujeto: Varios sujetos, personas físicas y jurídicas.
Objeto de la subvención: financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
Objetivos y efectos a conseguir: favorecer la rehabilitación de edificios y viviendas, para mejorar la eficiencia energética y aumentar la calidad de vida de sus habitantes; dinamizar la actividad económica y el empleo en estas zonas.
Costes previsibles para su realización:
Fuentes de financiación: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, según Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Inversión C02.I01 “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”.
Plazo de ejecución: plurianual (2023-2025).
Plan de acción:
Forma de pago: las subvenciones se harán efectivas en un único pago una vez justificada la realización de la actividad objeto de aquellas.
Forma de justificación: en los términos previstos en la Resolución de concesión de la subvención.
Número de convocatorias por ejercicio: una.
Indicadores para el seguimiento y evaluación del Plan: número de solicitudes presentadas, número de expedientes concedidos, denegados, desistidos y revocados, número de edificios y viviendas beneficiarias e importe medio de las ayudas
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