Dos días después de su aprobación en las Cortes Generales, el BOE publica la Ley 2/2026, de 29 de julio, de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2025, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades profesionales alternativas.
Tras un laborioso periodo de enmiendas, el Senado ha recortado en el último momento la propuesta consensuada en el Congreso que recogía en el Proyecto de Ley los derechos de los pensionistas (pasivos), respetando únicamente los casos de viudedad. Esperemos que el Reglamento que desarrollará las condiciones de la transferencia de cotizaciones y derechos —que deberá publicarse en el plazo de tres meses— corrija esta situación que consideramos injusta. El CSCAE estará atento ahora al desarrollo reglamentario.
La Ley tiene la complejidad suficiente para que cada caso deba evaluarse individualmente y con sumo cuidado.
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