El Colegio Oficial de Arquirectos de Asturias seguía un recurso contencioso-administrativo frente al Ayuntamiento de Ibias por la aprobación de un Plan Especial y Estudio de Implantación de una bodega suscrito por Ingeniero Agrónomo.
El rechazo a la competencia de los Ingenieros Agrónomos en el ámbito de la ordenación del territorio y urbanismo había sido refrendada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en Sentencia de fecha 25 de febrero de 2019, favorable a la tesis de este Colegio Oficial, es decir, negando la competencia de un Ingeniero Agrónomo o cualquier titulación análoga para la redacción de los referidos instrumentos de planeamiento.
La aprobación definitiva por el Ayuntamiento de Ibias del Plan Especial y Estudio de Implantación para actividad de bodega de elaboración de vinos en Cecos (Ibias), redactado por un Graduado en Ingeniería Agraria y de Medio Rural (Boletín Oficial del Principado de Asturias del día 13 de marzo de 2019, y que ya había motivado la formulación de alegaciones por parte del COAA en su periodo de información pública, motivó la sustanciación de un nuevo recurso contencioso-administrativo bajo la referencia del procedimiento ordinario número 416 de 2019.
Durante su tramitación, el Ayuntamiento de Ibias ha venido a reconocer la tesis de este Colegio oficial congruente con la doctrina del citado Tribunal, dictando una nueva resolución plenaria mediante la que se excluye toda firma que no sea la de un arquitecto colegiado, que es quien termina por asumir la autoría exclusiva del documento. Posteriormente, el Ayuntamiento demandado tuvo que someter dicho Acuerdo a la fiscalización del Tribunal competente, que acordó la existencia de una satisfacción extraprocesal de las pretensiones del COAA.