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Sentencia relativa a demanda interpuesta por el COAA

SENTENCIA RELATIVA A DEMANDA INTERPUESTA POR EL COAA EN RELACIÓN CON   LOS PLIEGOS DEL CONCURSO CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE EJECUCIÓN Y DIRECCIÓN DE OBRA DE EDIFICIO DE CONSUMO DE ENERGÍA CASI NULO EN VENTANIELLES.

En marzo de 2014 la Junta de Gobierno del COAA decidió presentar un recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Ayuntamiento de Oviedo que había desestimado el Recurso de Reposición presentado por el COAA solicitando la nulidad de algunas cláusulas contenidas en el Pliego de Condiciones que regulaba la licitación de dicho concurso.

La demanda -preparada por el abogado de los Servicios Jurídicos del COAA Carlos Rodríguez y seguida en el pleito por el abogado Cesar Fernández García-Balmaseda debido a la baja laboral de Carlos- ha tenido una sentencia que estima parcialmente la demanda interpuesta pero en aspectos muy sustanciales tales como:

  • Declarar nula la exigencia, dentro de los requisitos de solvencia técnica, del requisito de contar con un  arquitecto en posesión del certificado Passivhaus.  
  • Declarar nulas las cláusulas que establecían la facultad del Ayuntamiento de modificar unilateralmente varias cláusulas del concurso así como la facultad de rescindir unilateralmente el contrato de forma parcial o total o incluso a minorar la participación del adjudicatario en favor de´técnicos de la administración sin que ello diese lugar a indemnización.
  • Declarar nula la parte de los pliegos que establecía sin más y sin justificación alguna la invariabilidad de los precios de la licitación.
  • Desestimar la solicitud de la demanda relacionada con  la proporción entre la puntuación a los aspectos económicos  y los técnicos, al entender  la Jueza que los pliegos le dan el 50% a aspectos relacionados con la eficiencia energética, si bien eso es así formalmente pero en la práctica, de ese 50% mucho tenía que ver con lo económico.

Los abogados del COAA han valorado de forma positiva la sentencia, tanto por el resultado práctico como por el contenido de la misma, resaltando la satisfacción extra que produce ver el trabajo de una  jueza , que ha investigando sobre el Passivhaus y la legislación de aplicación para llegar a establecer una sentencia precisa y ajustada al recurso en vez de sacar “una de esas sentencias vagas para salir del paso con la que nos encontramos en ocasiones”.

También nos trasladan la evidente errata en la referencia final de la sentencia a “que la demanda la interpuso el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas del Principado de Asturias”  que pedirán que sea subsanada.

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