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Nota aclaratoria con respecto al PGO de Llanes

El Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias señala que mantuvo conversaciones con el Ayuntamiento de Llanes previas a la interposición del recurso, con el objetivo de que se subsanaran de oficio los errores detectados en los pliegos.

Velar por que Llanes disponga, cuanto antes y de manera adecuada, de un Plan General de Ordenación para el concejo y los vecinos. Ésta es la principal motivación de las distintas actuaciones realizadas por el Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias, COAA, desde que en octubre del año 2015 hizo entrega a la actual corporación del municipio, concretamente al Alcalde y la Concejal de Urbanismo, de un documento elaborado durante varios meses con el esfuerzo y dedicación de los profesionales que componen el Grupo de Urbanismo del COAA, titulado Plan General de Ordenación, PGO, de Llanes. Estrategia General de Redacción, Tramitación y Aprobación.

Ante la preocupación por la inexistencia de un Planeamiento que ordene adecuadamente el concejo y aporte seguridad jurídica, desde su incorporación, la actual Junta de Gobierno del COAA ha interesado repetidamente interlocución política con el Ayuntamiento, que nunca ha ofrecido respuesta. Este ofrecimiento ha sido reiterado por el COAA en las últimas semanas con ocasión de la licitación del PGO. El COAA ha ofrecido su ayuda y cooperación al Ayuntamiento de Llanes en varias ocasiones para asistirle en su contratación o redacción.

La ausencia de toda respuesta y la evidencia de los errores en que incurría su primera licitación, fuerzan al COAA a acudir al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, órgano independiente y especializado de la Administración General del Estado, con sede en Madrid, a quien corresponde la resolución de controversias respecto a contratos como el de elaboración del PGO de Llanes, dada su cuantía y naturaleza.

Con su actuación, el COAA pretende depurar las imprecisiones y contradicciones de esos pliegos de contratación, permitiendo que los posibles licitadores conozcan con precisión el objeto y alcance de su eventual contrato. Esta tarea permitiría centrar los trabajos en la confección del PGO de Llanes, excluyendo otros documentos ajenos al mismo, alentando así que todos los esfuerzos se encaminen a la consecución de un Plan General de Ordenación útil, eficaz y conforme a derecho.

Precisamente, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales estimó el primer recurso entablado por el COAA, al convenir con nuestra tesis que el objeto del contrato incorporaba la obligación de elaborar otros documentos extraños al mismo, así como obligaciones imprecisas, sin garantía jurídica suficiente. El Ayuntamiento de Llanes, sin embargo, acometió directamente una segunda licitación sin atender con rigor a las determinaciones del Tribunal.

Por este motivo, el 18 de mayo, 7 días después de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de esos segundos pliegos de licitación, el COAA solicita, de nuevo, interlocución política al Alcalde de Llanes, a través de una carta en la que indica que ha detectado que los nuevos pliegos de licitación inciden en defectos ya advertidos por el Tribunal y, por lo tanto, serían por segunda vez nulos de pleno derecho. En dicho escrito, el Colegio insiste en que no tiene más voluntad que colaborar con la Administración local de Llanes en la consecución del mejor Plan General de Ordenación posible para el concejo, y señala que este objetivo debe partir necesariamente de un adecuado procedimiento de contratación de sus trabajos, siendo deseable que éste no se dilate más en el tiempo.

Desde el COAA, se pusieron a disposición del consistorio llanisco estas consideraciones con la confianza de que pudieran servir para la revisión y corrección de oficio de la documentación contractual, a fin de reiniciar el proceso con la mayor diligencia. El plazo para emprender cualquier acción era de 15 días desde la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Además de la carta, que nunca fue contestada, el COAA entabló contacto vía telefónica con un técnico municipal, para exponerle la posición y razonamientos de la Institución. Como contestación a esta gestión telefónica, el día 18 de mayo de 2017, el Ayuntamiento de Llanes publica una nota aclaratoria en la que replica, a criterio municipal, que la licitación es clara y conforme a Derecho, argumentando que el Pliego de Cláusulas Administrativas, sí recoge el objeto del contrato como se pide desde el COAA, aunque no ocurra lo mismo con el Pliego de Prescripciones Técnicas. El Ayuntamiento, al declinar la ayuda ofrecida desde el COAA; omite otros defectos igualmente sugeridos desde el mismo.

A fecha 24 de mayo, sin comunicación oficial por parte del Ayuntamiento de Llanes sobre esta modificación de oficio, el COAA ha de anunciar el nuevo recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Ese mismo día 24 se remite el propio anuncio por correo postal al Ayuntamiento de Llanes. El 26 de mayo, al persistir la falta de notificación alguna desde el Consistorio y a fin de evitar disensiones en el cómputo de los plazos, el COAA presenta el escrito de interposición el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

Éste, reiterando en lo fundamental su recurso anterior, abunda en que el objeto del contrato impone obligaciones imprecisas, que se extienden sin límite temporal en detrimento del adjudicatario; es decir, recuerda los razonamientos concretos que desarrolló el Tribunal para estiamr el primer recurso.

El 31 de mayo se recibe en el COAA una resolución del Concejal Delegado de Contratación Pública del Ayuntamiento de Llanes, disponiendo que estima las peticiones de su recurso y procederá a revisar las cláusulas 1.1 y 9 del pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) y de las cláusulas 1 y 3 del pliego de prescripciones técnicas, pero sin modificación aún de tales Pliegos.

Desde el COAA lamentan que esta resolución del Ayuntamiento de Llanes no fuera recibida antes de la finalización del plazo para la interposición de recurso. Finalmente, la nueva documentación contractual atendería los argumentos del COAA desarrollados en su recurso especial en materia de contratación. Por este motivo, el Colegio ya se ha dirigido al Tribunal mediante escrito de 7 de junio, a fin de que requiera al Ayuntamiento de Llanes para que formule su allanamiento por el procedimiento legalmente establecido para dotarlo del respaldo jurídico necesario.

En cualquier caso, el COAA desea manifestar que su recurso también persigue objetivos de interés general, relativos a la contratación de todos los Planes Generales de Ordenación en Asturias. Esta circunstancia podría aconsejar su mantenimiento parcial en beneficio de la corrección de todos los contratos que en este ámbito se realicen en nuestra Comunidad Autónoma, como salvaguarda de nuestros instrumentos de planeamiento urbanístico y para evitar situaciones de inseguridad como la que padece el concejo de LLanes.

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