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Actuación del COAA frente a la ley de sanciones en materia de viviendas

La reciente intervención de algunos colegiados ha puesto de nuevo en evidencia las implicaciones que la Ley del Principado de Asturias 3/1995, de 15 de marzo, de Sanciones en Materia de Vivienda, tiene sobre la actividad de los arquitectos. Su régimen sancionador, especialmente gravoso,  impone a los arquitectos obligaciones complementarias y superiores a la propia responsabilidad que, como agentes de la edificación, ya contempla la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Aquella norma, además, no deslinda las funciones y atribuciones de cada uno de tales de agentes con relación a las fases del proceso constructivo.

Consejería de Servicios y Derechos Sociales (Asturias)

Tratándose de una norma de rango legal, la cuestión resulta compleja. No obstante lo cual, parece necesario articular una actuación colegial encaminada a su modificación. A este respecto, dado su alcance, quizá fuera razonable encauzar su estudio a través de la Comisión de Defensa del Colegiado, de reciente constitución, que podrá elaborar un dictamen a la vista de todos los antecedentes existentes, que sirva de propuesta a la estrategia a seguir por la Institución.

En consecuencia, os solicitamos que remitáis al Colegio, a través de la dirección de correo electrónico coaa_arroba_coaa.es, o bien mediante su presentación en nuestro registro colegial, los antecedentes y documentación de que dispongáis de aquellos expedientes que hayan tramitado frente a vosotros, con cuantas alegaciones o comentarios queráis realizar al respecto. Esperamos vuestras aportaciones para el impulso de los trabajos.

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