Para los profesionales autónomos acogidos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
En virtud del RD 8/2020, de 17 de marzo:
El RD-ley 11/2020, de 31 de marzo, contempla las siguientes medidas para autónomos que cotizan a la Seguridad Social:
El RDL 14/2020, de 14 de abril, aplaza un mes la presentación y el pago de IVA, IRPF y el impuesto de sociedades a autónomos que, en 2019, registraran un volumen de operaciones inferior a los 600.000 euros.
Para los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social y hayan cesado su actividad como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del coronavirus, la disposición adicional vigésima del RD 11/2020 contempla la posibilidad de hacer efectivos, de forma excepcional, los derechos consolidados en sus planes de pensiones durante el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el Estado de Alarma.
Las reclamaciones del CSCAE empiezan a surtir efecto y el RDL 15/2020, de 22 de abril, incorpora las siguientes ayudas extraordinarias de carácter público para profesionales adscritos a mutualidades alternativas al RETA, entre las que se encuentra la HNA:
Descarga el RDL en este enlace.
Dentro de las ayudas a autónomos, el RDL 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Administración de Justicia amplía el apoyo a mutualistas para que puedan disponer, excepcionalmente, de planes de pensiones no solo por cese de actividad, sino también si su facturación se ha visto reducido en un 75%. Descarga el RLD 16/2020 en este enlace.
Puedes consultar más información sobre el COVID-19 y sus efectos en la profesión en la página de Preguntas frecuentes del CSCAE.