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Permitidas las reformas en viviendas no habitadas y locales cerrados

Permitidas las reformas en viviendas no habitadas y locales cerrados

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este domingo la orden ministerial que autoriza las reformas en viviendas deshabitadas y locales cerrados. La norma, que ya está en vigor, permite retomar la actividad de las obras siempre y cuando "no se produzca interferencia alguna con las personas no relacionadas con la actividad de la obra". También autoriza "aquellas obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras".

Para poder retomar la actividad, habrá que tener en cuenta estas tres premisas: 

  • Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
  • El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
  • Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

Además, en todos los casos exceptuados anteriormente, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.

Aclaraciones al respecto por parte del departamento legal del COAA:


La limitación de circulación por zonas comunes se llevará a cabo estableciendo las medidas de seguridad e higiénicas preceptivas que a continuación se indican:

  • Antes del inicio de los trabajos, las empresas o trabajadores que vayan a acceder al edificio, contactarán con el administrador y/o el presidente de la comunidad para comunicar la realización de los trabajos así como el horario laboral de entrada y salida.
  • Dicha información deberá estar visible en las zonas comunes que empresas y trabajadores vayan a utilizar, de forma que se minimice al máximo por parte de los vecinos, el coincidir con los trabajadores.
  • En el caso de tener que acceder a vivienda/s no habitada/s para el desarrollo de los trabajos, a través de zonas comunes cuando no haya otra posibilidad, y las mismas no puedan sectorizarse, los trabajadores accederán al edificio "aislados", para lo que deberán utilizar buzos, calzas, mascarillas y guantes.
  • Asimismo, los materiales y herramientas introducidos estarán aislados envueltos en plástico.
  • Desinfectar con solución hidroalcohólica los elementos a los que se haya tenido contacto en las zonas comunes, prestando especial atención a pomos, interruptores, tiradores, etc. Tras cada uso del ascensor, limpiar la botonera y paredes del mismo.  
  • La entrada y salida de trabajadores, materiales y herramientas, se limitará exclusivamente al inicio y al final de la jornada, acorde al horario establecido y comunicado a la comunidad según lo establecido en el punto 1 y en las mismas condiciones referidas en los puntos 3 y 4.

Recordamos asimismo, la necesidad de seguir las indicaciones de los documentos que encontraréis bajo estas líneas. 

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