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«Concursos, premios y licitaciones de proyectos de arquitectura»

Artículo publicado el domingo 7 de abril de 2024 en el diario El Comercio, que desarrolla las conclusiones del Foro de Debate celebrado en la sede del COAA en Gijón el 19/03/2024.


CONCURSOS, PREMIOS Y LICITACIONES DE PROYECTOS DE ARQUITECTURA

Los arquitectos reclaman la revisión y el perfeccionamiento de los procedimientos empleados en la adjudicación de los proyectos de edificios y espacios públicos.

Miguel Casariego Rozas – Decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias


En cualquier país del mundo, los grandes equipamientos públicos tales como centros de transporte, edificios sanitarios y administrativos, auditorios, museos, estadios deportivos, parques, campus universitarios, etcétera, destacan por las especiales características de su ubicación, tamaño, función, carácter simbólico y otros factores relevantes.

La importancia de estas piezas singulares va más allá de su función práctica, pues su presencia influye de manera notable en el ánimo de los ciudadanos al protagonizar la percepción del lugar que habitan y del que desean sentirse orgullosos. Las administraciones deben tener en cuenta esta circunstancia a la hora de tomar decisiones sobre la formalización de estos elementos icónicos, pues la calidad de los edificios y las estructuras urbanas depende en gran medida del acierto en la elaboración de sus programas funcionales y en la elección de los sistemas de adjudicación de los correspondientes proyectos.

Cuando se trata de obtener las ideas más brillantes y los mejores proyectos para acometer estas obras emblemáticas, la celebración de concursos públicos es una estrategia que se remonta a la antigüedad. Desde la Acrópolis de Atenas hasta la futura reforma del entorno de Notre-Dame, pasando por muchas de las catedrales erigidas durante la Edad Media y el Renacimiento, gran parte de nuestro patrimonio arquitectónico es el resultado de concursos. En el siglo XIX se produjo en Europa y Norteamérica una verdadera eclosión de certámenes de carácter abierto que tuvieron por objeto estimular la creatividad de los proyectistas, y que además de producir obras de extraordinario valor, permitieron dar a conocer el talento de muchos profesionales hasta entonces casi desconocidos.

En nuestro país, los concursos de arquitectura celebrados durante la segunda mitad del siglo XX contribuyeron al despegue y el reconocimiento internacional de la arquitectura española. Pero a comienzos del siglo XXI, este tipo de procedimientos perdió fuerza a raíz de la aparición de una legislación de contratación pública basada en criterios economicistas y garantistas que vino a sumarse a la liberalización de las tarifas profesionales. Comenzó así una etapa sombría en la que las rebajas de honorarios y la reducción de los plazos para la redacción de los proyectos, junto con una prolija y desproporcionada exigencia de solvencia técnica y económica, se valoraban muy por encima de la propia ideación arquitectónica y la calidad de las propuestas presentadas.

La Ley 9/2017 de contratos del Sector Público (LCSP) trató de introducir elementos correctores en los abruptos procedimientos implantados por la norma del año 2000; pero a falta de un reglamento de desarrollo, la normativa actualmente vigente no consigue evitar los efectos perniciosos de esa forma mercantilista y simplista de entender los sistemas de adjudicación de los proyectos, en los que la comodidad (mal entendida) de las administraciones contratantes prioriza aspectos burocráticos de escasa importancia y relega la calidad de la arquitectura a un papel secundario.

Con el fin de revertir esta adversa situación, nuestra profesión impulsó la promulgación de la Ley 9/2020 de Calidad de la Arquitectura, cuyo reglamento está actualmente en fase de redacción. Citamos un párrafo del preámbulo de esta disposición legislativa que resume el espíritu del presente artículo: «La arquitectura es un bien de interés general que demanda el reconocimiento de los poderes públicos, a los que se exige promover su protección, fomento y difusión, así como desplegar políticas públicas ejemplarizantes para la consecución de dichos objetivos».

Salvo honrosas y escasas excepciones, el desenfoque del planteamiento de los métodos de selección de los proyectos afecta a todo tipo y tamaño de edificios y espacios públicos. El procedimiento preferido por los órganos de la administración es la LICITACIÓN, que no conlleva remuneración alguna más allá de la adjudicación del contrato al equipo ganador. Careciendo en la mayoría de los casos de un jurado experto, y sin requerir la presentación de propuestas arquitectónicas, premia la reducción de los honorarios y los plazos de entrega, y plantea unos elevados requisitos de solvencia técnica y económica basados en el historial de los licitadores, en general referido a un breve periodo de tiempo. Los resultados constatados en los últimos años ponen de manifiesto el empobrecimiento de la arquitectura pública española, el desánimo de muchos profesionales ante lo que consideran un trato injusto, y la progresiva disminución del número de ofertantes en favor de pequeños círculos de equipos especializados —y no necesariamente más cualificados— cuya posición dominante en el sistema se consolida con cada encargo conseguido.

Creer que se beneficia a la sociedad reduciendo los honorarios de los proyectos hasta niveles indignos (que en muchas ocasiones no llegan a cubrir los costes de producción) y acortando los plazos de entrega por debajo del tiempo necesario para desarrollar las labores creativas y técnicas con suficiente dedicación es, cuando menos, una ingenuidad. Las determinaciones y especificaciones del proyecto son esenciales para el resultado de cualquier obra, y los honorarios suponen sólo una pequeña parte del coste total de la misma. Por el contrario, los defectos y omisiones asociados a apresuramientos y otras condiciones laborales precarias, suelen acarrear retrasos, parches, modificados y sobrecostes de cuantías notablemente superiores.

Es preciso que las administraciones reflexionen sobre los métodos que están empleando para adjudicar los contratos de los proyectos de arquitectura. No es razonable que la difícil situación laboral de nuestra profesión (con muchos titulados en el paro) sirva de pretexto para obtener servicios rápidos y a muy bajo coste, ni que unas exigencias burocráticas abusivas dejen fuera del sistema a una cantidad creciente de arquitectos que, aun estando suficientemente preparados, no tienen posibilidad de cumplir las condiciones requeridas. No creemos que esta sea la manera de corresponder al esfuerzo realizado por los profesionales en su formación académica, ni el camino más adecuado para fomentar una arquitectura de calidad.

Pero si los métodos de las LICITACIONES deben revisarse para dotarlos de mayor ponderación y transparencia, el sistema idóneo a emplear en el caso de las piezas urbanas significativas es el CONCURSO DE PROYECTOS, que constituye el formato más honesto de competencia entre los participantes, y el que permite garantizar resultados de mayor calidad. La ordenación de los ámbitos de La Vega y El Cristo en Oviedo, la rehabilitación de los edificios que contienen, la reforma del estadio del Molinón, o la plaza de toros de Gijón, son algunos ejemplos de actuaciones urbanas que deben ser objeto de este tipo de procedimientos abiertos.

A la vista de esta situación, el Colegio Oficial de Arquitectos de Asturias ofrece a las distintas administraciones regionales su colaboración para elaborar las bases de concursos de arquitectura con dos principales objetivos: la selección de las ideas y propuestas más brillantes, y que los equipos competidores sean tratados con el respeto y la equidad que su esfuerzo y dedicación merecen. He aquí algunas de las condiciones que, en nuestra opinión, deben reunir estos certámenes:

  • Carácter abierto, organizados en una o dos fases. Si es en dos fases, la segunda ha de ser retribuida.
  • Contenido arquitectónico a nivel de ideas o Estudios previos (1ª fase) y de Anteproyectos (2ª fase).
  • Solvencia técnica a justificar en la fase de contratación, teniendo ocasión de reconfigurar los equipos.
  • Solvencia económica a justificar en la fase de contratación mediante seguros de responsabilidad civil.
  • Plazos de ejecución suficientes para el desarrollo de cada fase del concurso y del proyecto adjudicado.
  • Jurado en el que, al menos, la mitad más uno de sus miembros sean arquitectos expertos en el tema.
  • Valoración basada en la calidad arquitectónica de las respuestas a los requisitos planteados.
  • Premios con dotación económica para los equipos seleccionados, al margen de la propia adjudicación.
  • Honorarios dignos y acordes con la complejidad y la responsabilidad de los trabajos a contratar.
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