El Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios regula, en su artículo 7 bis, el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes.
Este registro centralizado incluye, de conformidad con el artículo 4 quáter del Real Decreto 390/2021, los técnicos competentes acreditados a nivel nacional.
A partir del 23 de julio de 2026 es obligatorio acreditarse para ejercer la actividad de Técnico Competente, con carácter previo a su inicio.

